Nacionalidad Española.

1. NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA

El tiempo pertinente para que el Estado reconozca la residencia es de 10 años. Pero existen ciertos criterios que rebajan el lapso de tiempo, como:

  • Extranjeros en condición de Refugiados (5 años).
  • Extranjeros pertenecientes a países Iberoamericanos (2 años).

Sin embargo, existen otros criterios para obtener la misma en el periodo de 1 año en los siguientes supuestos:

  1. Persona nacida en España
  2. Persona con padres españoles.
  3. Si ha contraído matrimonio con ciudadanos español.
  4. Aquellos ciudadanos que no hayan optado por la residencia pero que cumplan con alguno de los requisitos extendiendo el lapso de tiempo solicitado.

Nuestros abogados especializados en esta materia le asesorarán y tramitarán su expediente de forma rápida y fluida, con la confianza y garantía que caracterizan a nuestro Bufete.

2. Nacionalidad española por descendencia

Son españoles de origen:

  1. Obviamente, Los nacidos de Padre o Madre Española.
  2. Los nacidos en España cuando sean hijos de Padres extranjeros si, al menos uno de los Padres, ha nacido en España (se exceptúan los hijos de Diplomáticos).
  3. Los nacidos en España de Padres extranjeros, si ambos carecen de Nacionalidad (Apátridas), o si la Legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una Nacionalidad. En este caso puede realizarse un Expediente en el Registro Civil de su domicilio para declarar la Nacionalidad Española con valor de simple presunción.
  4. Los niños nacidos en España de cuyos Padres se desconoce la identidad. Se presumen nacidos en España los menores cuyo primer lugar de estancia conocido sea territorio español.
  5. Son también Españoles de Origen los menores de 18 años que sean adoptados por un español. Si el Adoptado es mayor de 18 años, podrá optar por la Nacionalidad Española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la Adopción.
    Nuestros abogados especializados en esta materia le asesorarán y tramitarán su expediente de forma rápida y fluida, con la confianza y garantía que caracterizan a nuestro Bufete.

¿Te ayudamos?

Si necesitas ayuda con alguno de los servicios que ofrecemos estaremos encantados de ayudarte.

5 + 9 =

Información básica sobre cookies

Bienvenida/o a la información básica sobre las cookies de la página web responsabilidad de la entidad: Alberto Robles Viedma.

Una cookie o galleta informática es un pequeño archivo de información que se guarda en tu ordenador, “smartphone” o tableta cada vez que visitas nuestra página web. Algunas cookies son nuestras y otras pertenecen a empresas externas que prestan servicios para nuestra página web.

Las cookies pueden ser de varios tipos: las cookies técnicas son necesarias para que nuestra página web pueda funcionar, no necesitan de tu autorización y son las únicas que tenemos activadas por defecto.
El resto de cookies sirven para mejorar nuestra página, para personalizarla en base a tus preferencias, o para poder mostrarte publicidad ajustada a tus búsquedas, gustos e intereses personales. Puedes aceptar todas estas cookies pulsando el botón Aceptar todo o configurarlas o rechazar su uso clicando en el apartado configurar cookies.

Si quieres más información, consulta la política de cookies de nuestra página web.